Consiste en el registro del fallecimiento de los ciudadanos venezolanos fuera del territorio nacional ante las autoridades venezolanas.
En esta Misión Consular deben registrarse las defunciones de las ciudadanas y ciudadanos venezolanos fallecidos en cualquiera de los paises que conforman la circunscripción de esta misión diplomática.
Requisitos:
- Una carta solicitando el Registro de Defunción y sus datos de contacto.
- Original de la Planilla de extracto de Acta de Defunción, complementada en letra legible y sin tachaduras.
- Un (1) ejemplar original del Acta de Defunción debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya y traducida oficialmente al idioma castellano.
- Dos (2) copias del acta de defunción.
- Tres (3) copias del Certificado Médico de Defunción (Informe de Exitus)
- Tres (3) copias legibles de la cédula de identidad.
- Tres (3) copias legibles de las paginas del pasaporte venezolano del fallecido, donde se encuentren sus datos personales y la huella dactilar.
- Tres (3) copias legibles de la partida de nacimiento del fallecido.
- Si el fallecido estaba o estuvo casado: tres (3) copias legibles del acta de matrimonio; si estaba divorciado, tres (3) copias legibles de la sentencia de divorcio; si era viudo, tres (3) copias legibles del acta de defunción del cónyuge.
- Tres (3) copias legibles de la partida de nacimiento y documento de identidad de los descendientes.
- Tres (3) copias legibles del documento de identidad del cónyuge.
- Tres (3) copias legibles de la Gaceta Oficial o constancia de naturalización, en caso de que el difunto sea naturalizado.
- Tres (3) copias legibles del documento de identidad de la persona que declara el fallecimiento.